Campaña del IRPF 2020
27/03/2021, 17:10
Sat, 27 Mar 2021 17:10:38 +0100
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En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se consideran rendimientos íntegros del trabajo "todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas". Y se caracterizan por que comprenden la totalidad de las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie; que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria del contribuyente; y, además, no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas.